Ciudadanía Polaca

Te acompañamos en el proceso de tramitar tu Ciudadanía Polaca, así como también registros de Matrimonios y Nacimientos,  y en la gestión de Traducciones, Partidas Internacionales, Investigación Genealógica y Visas

Podés escribirnos al mail ciudadanias@laalborada.ar, sacarte las dudas y solicitar tu Presupuesto.

*Todos los plazos de demora de los trámites están sujetos al correcto funcionamiento y despacho de cada Registro/Organismo

*Los precios pueden ser modificados sin previo aviso de acuerdo a la suba que disponga cada Registro/Organismo


Somos parte de un equipo compuesto por genealogistas, abogados, traductores y gestores, que coordinamos acciones en las diferentes etapas del proceso que conlleva el armado de tu carpeta consular.
Cada familia es única, por lo que es primordial empezar por el análisis de la factibilidad de tu caso en particular viendo tu árbol genealógico para poder determinar tus posibilidades y/o limitaciones, según las normativas vigentes.

Nuestras opciones de servicios son:
- Análisis de Factibilidad
- Armado de Carpeta
- Revisión de Carpeta Prearmada
- Solicitud de Actas Nacionales e Internacionales
- Traducciones
- Investigación Genealógica
- Rectificación de Partidas Nacionales

Ciudadanía Polaca


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Ley de Ciudadanía:

Después de la independencia, en 1920, sale la primera Ley de la Ciudadanía Polaca. Esa ley otorga ciudadanía polaca a toda persona que vive en el territorio Polaco, sin importar su etnia o religión. En éste territorio vivía gente de muchas culturas diferentes. Había judíos, bielorrusos, ucranianos, rusos, etc.

Por lo tanto podría haber un antepasado judío que era ciudadano polaco o un antepasado bielorruso que ni hablaba el idioma polaco, pero por ley era ciudadano polaco.


Tener en cuenta:

Para la obtención de la Ciudadanía es necesario que los antepasados hayan emigrado de Polonia después del 31 de enero de 1920. Si lo hicieron antes, no lo hicieron como "Ciudadanos Polacos".

Las delegaciones del gobierno competentes al tomar la decisión de confirmar o no la ciudadanía polaca del solicitante en función de la de su madre, abuela, bisabuela, etc., hacen referencia a las leyes vigentes en el día del nacimiento de la mujer para ver si podía o no transmitir la ciudadanía a sus hijos y/o hijas. En la legislación polaca, los cambios más importantes en cuanto a las cuestiones de la ciudadanía tuvieron lugar en los años 1920, 1951, 1962 y 2009.


¿Qué requisitos se deben cumplir para poder solicitarla?

1) Demostrar que el antepasado tenía Ciudadanía Polaca. Esto se demuestra únicamente con documentos polacos emitidos por autoridades polacas. Algunos ejemplos pueden ser los Pasaportes polacos antiguos, Libretas de participación militar, listados de residentes, de votantes de las elecciones al Sejm polaco, títulos de Propiedad de vivienda o fábrica, etc. También es posible obtener documentación en Argentina (En el caso de que el antepasado haya ingresado por el puerto de Buenos Aires), como el informe que brinda la Policía Federal.

2) Demostrar que el ciudadano polaco no perdió la ciudadanía y no se cortó la línea de sangre que lo antecede.
En éste punto hay que tener en cuenta si el antepasado ingresó al país de destino, siendo menor o mayor de edad y si lo hizo antes o después de 1920. La ciudadanía de los menores de edad, hasta cumplir 18 años, dependía de la ciudadanía de los padres. Si el padre perdía la
ciudadanía, también la perdían sus hijos. Los hombres la perdían por hacer ejercicio militar u ocupar cargos públicos fuera de Polonia. En el caso de las mujeres, hasta el 19/01/1951, podían perder la ciudadanía por casarse con otro ciudadano no polaco. Todos podían perderla por naturalizarse en otro país.

Entonces, para poder continuar la línea:

Si tu Ascendiente en cuestión es Mujer:
- Debe haber emigrado después de 1920.
- Si se naturalizo antes de 1951 (En otro país) perdió la Ciudadanía Polaca. Su descendencia también la pierde, salvo que su hijo haya sido mayor de edad cuando eso sucedió. 
- Si se casó con un Extranjero antes de 1951 (Aunque haya mantenido su ciudadanía), si su hijo nació antes de 1951 se corta la transmisión. Si nació después continúa.
- Si no se casó antes de 1951, hay que revisar si el padre reconoció al hijo o no. Si lo hizo (y nació antes de 1951), se corta la línea, si no, no.

Si tu Ascendiente en cuestión es Hombre:
- Debe haber emigrado después de 1920
- Si se naturalizó Argentino antes de 1951, contemplar:
Si nació antes de 1901, sus hijos deberían haber sido ya mayores de edad al momento de su naturalización.
Si nació después de 1901, solamente no tendría que haber realizado servicio militar antes de 1951 (Para poder conservarla)..
- En ningún caso debe haber realizado servicio militar para un país extranjero antes de 1951.

IMPORTANTE:
Si los hijos varones del antepasado (Abuelos del solicitante) nacieron antes de 1933 en Argentina, es decir tenían 18 años antes de 1951, también se debe probar que no perdieron la Ciudadanía Polaca con el certificado de que NO REALIZARON el Servicio Militar Obligatorio (SMO),  "Certificado del Ejercito Argentino".

3) Demostrar que se es descendiente de ese ciudadano polaco. 
Se deben reunir todos los documentos que demuestren filiación. Eso se hace a través de las Actas (Matrimonio, Nacimiento y Defunción) del Registro Civil del país de origen,  y sólo si aporta buena información.

Cumplidos éstos requisitos, el/la solicitante puede presentar los documentos en persona o a través de un apoderado.

Ciudadanía

¿Qué documentación necesito?

Si uno de tus padres ya posee la Confirmación de Ciudadanía Polaca, basta con adjuntar (Al formulario de solicitud) las fotocopias de la Partida de Nacimiento del/la interesado/a, del Acta de Matrimonio de sus padres y de la Confirmación de Ciudadanía Polaca de uno de ellos.
Si uno de los hermanos ya confirmó la Ciudadanía Polaca, hay que aclararlo en el formulario y adjuntar fotocopia de la decisión positiva. No hay necesidad de adjuntar más que la Partida de Nacimiento del/la interesado/a.

1) Formulario de Solicitud de Confirmación de la Ciudadanía Polaca

 2) Los documentos polacos que acrediten la nacionalidad polaca de tus antepasados:

El tema crucial en cada procedimiento administrativo para la confirmación de la Ciudadanía Polaca son los documentos polacos correspondientes, es decir, emitidos por las autoridades policiales en Polonia después de 1920, mediante los cuales es posible demostrar que tus antepasados eran ciudadanos polacos. De acuerdo con la legislación de Polonia 2011, si una solicitud no admite los documentos polacos no será aprobado para su procesamiento.
Los documentos más importantes son los siguientes:
- Copias de las tarjetas de identificación de Polonia, Pasaportes, documentos de viaje, documentos militares y otros documentos de identidad
- Los documentos que demuestran la confirmación / reconocimiento de la Ciudadanía Polaca de algún familiar de la línea
- Tarjetas de Registro de Residencia o Registros de Residentes Permanentes
- Los padrones electorales de Polonia
- Inscripciones en los Registros de bienes raíces o Escrituras Notariales
- Las Actas Civiles Polacas: Certificados de Nacimiento y Matrimonio (Según el año)

3) Los documentos extranjeros que demuestren que la cadena de la ciudadanía no se rompió en generaciones posteriores:
Es necesario probar que no hubo pérdida de la Ciudadania Polaca tanto para el antepasado polaco como para sus descendientes.
Los documentos relevantes son:
- Certificado de la CNE (F 003/052)
- Documentos de registros militares (Hasta el 19 de enero de 1951)

4) Documentos que prueben o establezcan la línea familiar:
Éstos documentos demuestran la línea familiar directa entre el/la solicitante y sus antepasados:
- Certificados de Nacimientos de toda la línea
- Certificados de Matrimonios de toda la línea
- Certificados de Defunciones (Según el caso) de toda la línea

5) Original del documento de identidad válido del/la solicitante junto con las páginas que contienen las anotaciones oficiales (Para su revisión)

6) Si el/la solicitante nació fuera de la República de Polonia debe presentar un Certificado de Nacimiento completo con los nombres de sus padres

7) Certificado del Registro Civil que indique tu estado civil (Certificado de Matrimonio, documento de Divorcio o Certificado de Defunción del
cónyuge)

Todo debe estar legalizado y apostillado.
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Transcripción de Matrimonio

Los actos civiles deben ser transcriptos y puestos en los Libros del Registro Civil Polaco.
Para presentar una solicitud para un Pasaporte Europeo Polaco después de confirmar tu Ciudadanía Polaca, es necesario adjuntar los Certificados de Nacimiento y Matrimonio polaco. Si naciste o te casaste fuera de Polonia, debes presentar los certificados extranjeros traducidos en la Oficina del Registro Civil de Polonia y obtener registros vitales polacos.

¿Qué documentación necesito?

1) Formulario de Solicitud de transcripción

2) Original apostillado de la Partida extranjera de Matrimonio

3) Traducción de la Partida extranjera de Nacimiento realizada por un traductor jurado o el cónsul. Para agilizar el trámite, recomendamos que realices las traducciones ante un traductor local en Argentina / Uruguay / Paraguay antes del turno en el consulado. De ésta forma, el cónsul solo verificará las traducciones y las certificará para que tengan validez legal en Polonia, lo que acelera considerablemente todo el trámite y rebaja las tasas consulares.
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Transcripción de Nacimiento

Los actos civiles deben ser transcriptos y puestos en los Libros del Registro Civil Polaco.
Para presentar una solicitud para un Pasaporte Europeo Polaco después de confirmar tu Ciudadanía Polaca, es necesario adjuntar los Certificados de Nacimiento y Matrimonio polaco. Si naciste o te casaste fuera de Polonia, debes presentar los certificados extranjeros traducidos en la Oficina del Registro Civil de Polonia y obtener registros vitales polacos.

¿Qué documentación necesito?

1) Formulario de Solicitud de transcripción: Adulto / menor de edad

2) Original apostillado de la Partida extranjera de Nacimiento

3) Traducción de la Partida extranjera de Nacimiento realizada por un traductor jurado o el cónsul. Para agilizar el trámite, recomendamos que realices las traducciones ante un traductor local en Argentina / Uruguay / Paraguay antes del turno en el consulado. De ésta forma, el cónsul solo verificará las traducciones y las certificará para que tengan validez legal en Polonia, lo que acelera considerablemente todo el trámite y rebaja las tasas consulares.

4) Si uno de los cónyuges no tiene Partida polaca de Nacimiento y no se ha inscrito el matrimonio de los padres del menor de edad en Polonia, se recomienda presentar el original apostillado de la Partida de Nacimiento de dicho progenitor junto con la traducción realizada por un traductor jurado o un cónsul. Sin presentación de dicho documento, se puede realizar la transcripción, pero la Partida transcrita no contendrá todos los datos y podrá resultar imposible asignar un número PESEL y expedir un pasaporte al titular.
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Pasaporte

Un Pasaporte válido te da derecho a cruzar la frontera, certifica tu Ciudadanía Polaca y
certifica tu identidad (Dentro del alcance de los datos contenidos en el documento).

Validez:

- Menor de 12 años: 5 años a partir de la fecha de su emisión,
- Mayor de 12 años: 10 años a partir de la fecha de su emisión.

El Pasaporte contiene un microchip con datos biométricos: Imagen facial y huellas dactilares.

¿Qué documentación necesito?

Mayores de edad:

1) Fotografía biométrica en color: Es obligatorio adjuntar una fotografía a la solicitud. No es posible cambiar o enviar una foto más tarde. Si no se adjunta una fotografía a la solicitud o ésta no cumple los requisitos, la autoridad encargada de expedir el Pasaporte enviará una notificación de no aceptación al/la solicitante.

2) Un Pasaporte válido o un Documento de Identidad válido (Cuando ha sido emitido) que confirman la identidad y la Ciudadanía Polaca.

3) En caso de no cumplir con el ítem anterior, adjuntar:

- Transcripción de Nacimiento
- Transcripción de Matrimonio (Si aplica)
- Documento de Identidad Extranjero
- Confirmación de Ciudadanía Polaca

Menores de edad:

1) Fotografía biométrica en color: Es obligatorio adjuntar una fotografía a la solicitud. No es posible cambiar o enviar una foto más tarde. Si no se adjunta una fotografía a la solicitud o ésta no cumple los requisitos, la autoridad encargada de expedir el Pasaporte enviará una notificación de no aceptación al/la solicitante.

2) Un Pasaporte válido o un Documento de Identidad válido (Cuando ha sido emitido) que confirman la identidad y la Ciudadanía Polaca.

3) En caso de no cumplir con el ítem anterior, adjuntar:

- Transcripción de Nacimiento
- Documento de Identidad Extranjero
- Confirmación de Ciudadanía Polaca
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