Te acompañamos en el proceso de tramitar tu Residencia de Argentina,
y en la gestión de Traducciones y demás documentación que necesites conseguir.
Podés escribirnos al mail visas@laalborada.ar, sacarte las dudas y solicitar tu Presupuesto.
*Todos los plazos de demora de los trámites están sujetos al correcto funcionamiento y despacho de cada Registro/Organismo
*Los precios pueden ser modificados sin previo aviso de acuerdo a la suba que disponga cada Registro/Organismo
Tener en cuenta:
Toda documentación expedida en el extranjero deberá contar con la legalización del Consulado Argentino en el país emisor del documento (Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto) o apostillada, si el país hubiera ratificado el Convenio de La Haya.
Toda documentación expedida en idioma extranjero deberá contar con la traducción al castellano efectuada por Traductor Público Nacional, Art. 6° Ley 20.305, y legalizada por el Colegio de Traductores.
Residencia Temporaria
Con ésta gestión vas a obtener tu primer ejemplar de DNI temporario argentino y podrás estar en nuestro país durante 2 años, pudiendo salir del país hasta por 1 año completo.
¿Qué documentación necesito?
La documentación a presentar deberá ser original. La Dirección Nacional de Migraciones podrá solicitar, si así lo considerase necesario, documentación adicional a la detallada.
Radicación Mercosur:
Radicación Extra-Mercosur:
Además, se deberá acreditar alguna de las siguientes condiciones adicionales:
Documentación necesaria para acreditar medios de subsistencia:
Últimos 3 recibos de sueldo.
Constancia de inscripción en ARCA y últimos 3 pagos del Monotributo.
Certificación contable de ingresos, legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, correspondiente a los últimos 3 meses.
Cualquier otra documentación que permita acreditar medios económicos suficientes y el origen lícito de los mismos, no resultando válida una declaración jurada.
*La Dirección Nacional de Migraciones podrá requerir documentación adicional a la mencionada anteriormente.
Residencia Permanente
Podemos empezar a gestionarte tu Residencia Permanente cuando estés a 60 días de que se te venza la Temporaria... También puede ser gestionada para personas extranjeras hijos/as de argentinos nativos, naturalizados o por opción.
¿Qué documentación necesito?
*Si sos menor de edad:
1) Las personas menores de 18 años deben presentar la Partida de Nacimiento legalizada y contar con la autorización de alguno de sus padres, que deberá presentarse con DNI vigente al momento de realizar el trámite.
2) En el supuesto que los padres no residan en el territorio nacional, debe contar con un tutor designado, quien debe acreditar residencia legal en el país y demostrar con el instrumento público la designación de tutor sobre el menor.
3) La Partida de Nacimiento y el Poder emitido en el exterior deben presentarse debidamente legalizados ante el Consulado Argentino o con el apostillado de la Haya o legalizado por el consulado del país emisor del documento acreditado en Argentina (Solo en documentos emitidos en países pertenecientes al MERCOSUR).
Requisitos adicionales según el caso:
(A) Si sos hijo/a de un argentino:
Además, debes presentar Acta o Partida de Nacimiento que acredite el vínculo invocado y el DNI del dador de criterio.
(B) Si vas a realizar cambio de categoría por arraigo:
Además, debes tener arraigo por haber gozado de residencia temporaria por 2 años para nacionales MERCOSUR y 3 años para nacionales no MERCOSUR.
Debes acreditar que tenés los medios económicos suficientes para subsistir en el país.
Debes contar con una permanencia en el territorio de, al menos, el cincuenta por ciento (50%) del plazo otorgado y no haber permanecido fuera del país por un periodo igual o superior a seis (6) meses consecutivos.
(C) Si estás reconocido como refugiado:
Debes estar reconocido/a como refugiado/a y cumplir con el requisito de arraigo en el territorio nacional.
(D) Si sos nacional brasileño (Ley N° 26.240):
Debes acreditar tu Nacionalidad con documento de identidad vigente.
(E) Por haberse desempeñado como Funcionario Diplomático, Consular o de Organismos Internacionales en el territorio nacional:
Además, debes acreditar el desempeño como funcionario diplomático, consular o de organismos internacionales y cumplir con el requisito de haber permanecido en tus funciones por DOS (2) años continuos o más, si fueras nacional de los países del MERCOSUR o Estados Asociados, y TRES (3) años continuos o más en los demás casos.
Debes acreditar que finalizaste la misión diplomática en el territorio nacional.
Documentación necesaria para acreditar medios de subsistencia:
Últimos 3 recibos de sueldo.
Constancia de inscripción en ARCA y últimos 3 pagos del Monotributo.
Certificación contable de ingresos, legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, correspondiente a los últimos 3 meses.
Cualquier otra documentación que permita acreditar medios económicos suficientes y el origen lícito de los mismos, no resultando válida una declaración jurada.
*La Dirección Nacional de Migraciones podrá requerir documentación adicional a la mencionada anteriormente.