Escribinos al mail legal@laalborada.ar o por WhatsApp para sacarte las dudas y solicitar tu Presupuesto.
*Todos los plazos de demora de los trámites están sujetos al correcto funcionamiento y despacho de cada Registro/Organismo
*Los precios pueden ser modificados sin previo aviso de acuerdo a la suba que disponga cada Registro/Organismo
*Los requisitos señalados son guías generales producto de la práctica como gestores que hemos querido compartir con ustedes y que se verifican al momento de la entrega del trámite en nuestras oficinas. No implica que sean los únicos (Se sugiere revisar los cuerpos normativos que apliquen para mayor detalle de los requisitos de forma y de fondo), ni asegura que no haya solicitud de información adicional o ampliatoria por parte del organismo correspondiente si éste así lo considerase necesario.
Accedé al Modelo de Delega Facultades para firmarlo, sellarlo y adjuntarlo a tus solicitudes de inscripciones y/o levantamientos. Obtenelo en el siguiente enlace:
Modelo de Delega Facultades
Divorcio/Rectificación de Partidas
(En el Registro de las Personas de la Provincia de Buenos Aires)
¿Qué debe contener el Oficio o Testimonio?
1) Sustitución de facultades.
2) Todos los Testimonios Ley 22172, deben ser legalizados con el Sello de Agua de la Cámara correspondiente, antes de su presentación para el diligenciamiento.
3) Datos de identificación del Acto y del Acta donde pretende inscribirse el divorcio o la rectificación.
4) Datos personales (Nombre y Apellido completos, Tipo y N° de documento y Domicilio) de los intervinientes en el divorcio y cuyo vínculo matrimonial se extingue o de la persona cuya partida pretende rectificarse.
5) Sustitución de facultades (Para ello, en el Testimonio debe constar la autorización del/la letrado/a para diligenciarlo. Generalmente se utiliza la frase: …”Queda autorizad@ el/la Dr./Dra. ... y/o quien éste/a designe”.)